10 de octubre: Día Mundial de la Salud Mental

Como cada 10 de octubre, hoy celebramos el Día Mundial de la Salud Mental.

Cada año, la OMS establece un lema para este día. En 2023 el lema es “La salud mental es un derecho humano universal”.

En nuestro país hace ya 13 años se promulgó la Ley Nacional de Salud Mental 26657, que tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental “. Cada uno de sus artículos propende a la protección de este derecho. A nivel local, contamos con la Ley Provincial de Salud Mental 9848, que tiene como objeto “el ejercicio del derecho de la población a la salud mental”.

A trece años de vigencia de la ley, son escasos e insuficientes los dispositivos creados para sustituir los hospitales monovalentes. Sectores más preocupados por sus intereses económicos que por la protección de derechos, continúan con sus embates, valiéndose del dolor de familiares de personas con padecimiento subjetivo, en lugar de proclamar por la implementación plena de la Ley.

Como hemos manifestado en múltiples oportunidades, en nuestra provincia aún no se ha avanzado lo suficiente.

Las leyes establecen servicios basados en la comunidad. Sin embargo, en la ciudad de Córdoba, se han reducido los equipos comunitarios interdisciplinarios provinciales en salud mental y, a nivel municipal, solo 30 de los 100 centros de salud cuentan con profesionales de la Psicología. En el segundo nivel, sólo dos hospitales generales poseen camas para internaciones por problemáticas de salud mental, cuando debiera asegurarse la infraestructura y el personal necesario para la internación en cada hospital general.

Desde hace años la Secretaría de Salud Mental no convoca al Consejo Consultivoprevisto por la ley, que incluye la participación de usuarixs e instituciones relacionadas con la temática. Por otro lado, nunca entró en funcionamientoreal el Comité intersectorial permanente establecido por la misma. Lejos se está del 10% de inversión del presupuesto de salud en salud mental establecido por la ley nacional.

La protección de este derecho sólo puede hacerse efectiva con la participación de lxs usuarixs y la creación de dispositivos sustitutivos que abandonen las lógicas asilares. El incumplimiento de la ley trae aparejada la vulneración de derechos de personas con padecimiento subjetivo. Seguimos bregando porque estos temas sean prioritario en la agenda de lxs funcionarixs responsables del área a nivel provincial.

A nivel nacional nuestra expectativa es que quienes sean elegidxs por el voto democrático tomen entre sus banderas la protección de este derecho humano universal.

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