Con fecha 16-01, ARCA finalmente publicó las nuevas escalas del monotributo (se adjunta el archivo correspondiente).
En función de ello el/la profesional debe sumar los ingresos obtenidos (total facturado) durante todo el año 2024, y de acuerdo a éstos llevar a cabo o NO el trámite de recategorización. Solo deben realizarlo aquellos/as profesionales cuyos ingresos, los ya mencionados, totalicen un monto que esté fuera del rango de la categoría en que reviste actualmente. Es dable reseñar que puede ser hacia categorías más altas o más bajas dependiendo de la situación particular de cada uno/a.
A continuación, compartimos la publicación que aparece en la página de ARCA.
Recategorización monotributo: nuevas escalas, más simple y desde el celular.
El procedimiento estará habilitado hasta el 5 de febrero, inclusive.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informa que, desde hoy y hasta el 5 de febrero, se habilita el sistema para que los contribuyentes puedan -en caso de que les corresponda- realizar su recategorización en el Monotributo, teniendo en cuenta las nuevas escalas que rigen de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado en enero.
Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes, ARCA desarrolló la Recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editarlo manualmente.
Además, la recategorización se puede realizar desde un celular a través de la app ARCAMóvil.
La Recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan más de un semestre dentro del Monotributo.
El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables.
¿Qué pasa si se tiene más de un semestre de funcionamiento, pero menos de 12 meses?
Se realiza una proyección anual aplicando la regla de 3 simple. A modo de ejemplo si es inicio de actividad fue mayo 2024 a diciembre de ese año, facturó $5.000.000 en total durante 8 meses. La cuenta debe realizarse de la siguiente forma: $5.000.000 / 8 meses x 12 meses = $7.500.000.
Por Asesoría impositiva/contable.
Por cualquier duda al respecto por favor consultar al e mail de la asesoría [email protected] o en forma personal los días miércoles en el Colegio de 14.00 a 16.00 hs. (para poder acceder al asesoramiento, es imprescindible contar con CUIT – CLAVE – TOTAL FACTURADO).