Comunicado en defensa de la Matrícula Profesional provincial como cuidado de la salud mental de la comunidad

La Junta de Gobierno del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba, rechaza la Resol. 1641/2025 del Ministerio de Salud y el Proyecto de Ley Nacional 1677-D-25 presentado por la diputada Marcela Pagano que tienen por objeto desregular la actividad de profesionales universitarixs y no universitarixs. Los Colegios y Concejos profesionales son personas públicas de derecho no estatal que regulan el ejercicio profesional desde una perspectiva ética y legal. Su rol es clave para asegurar prácticas éticas, orientar el ejercicio, brindar formación permanente y proteger tanto a lxs profesionales como a la comunidad.

Rechazamos las citadas normas por las siguientes razones:

 

  • Por una parte, implican un grave impacto sobre la salud mental de la comunidad y lxs profesionales. El Colegio garantiza el ejercicio de prácticas éticas y avaladas científicamente, asegura la formación de lxs colegas para responder a las problemáticas actuales, ofrece servicios de extensión y atención psicológica a la comunidad garantizando la calidad de las prácticas, acompaña a lxs colegas que se inician, articula con otros colegios profesionales locales y de otras provincias para intervenir ante problemáticas actuales. Mantiene una presencia territorial que garantiza el acceso y la defensa de los derechos de la comunidad. Por otra parte, asegura la supervisión efectiva del ejercicio ético de la profesión y la prevención de malas prácticas; su código de ética con carácter obligatorio exige actuar con competencia, responsabilidad, honestidad, confidencialidad y compromiso social

 

  • La desregulación que plantea la Resolución 1641/2025 y el Proyecto de Ley Nacional 1677-D-25, al permitir el ejercicio de la profesión sin matrícula provincial, permitiría que cualquier profesional habilitado en otra jurisdicción pueda atender personas en Córdoba sin conocimiento del contexto social, institucional y cultural local. Nos preguntamos sobre el riesgo para la salud mental de la población, ya que la garantía de prácticas éticas no se puede implementar “a distancia” desde una instancia centralizada como el Ministerio de Capital Humano o el Ministerio de Salud y sobre la pertinencia para esta tarea que pueda tener como órgano de fiscalización la Dirección Nacional de Habilitación y Fiscalización de sanidad de fronteras dependiente de Gendarmería.

 

  • El reemplazo de las matrículas colegiadas provinciales por un registro nacional bajo la órbita de Capital Humano que se propone en el Proyecto de Ley Nacional 1677-D-25 hoy pone en riesgo la existencia misma de los colegios profesionales y del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba como tal ya que impediría el ejercicio de sus principales objetivos, funciones y atribuciones, según el art. 3 de la Ley 8312, como son la función de formación, la función deontológica y la función gremial, reduciendo así, los colegios a meras instancias administrativas.

 

  • Finalmente sostenemos que esta resolución y este proyecto de ley avasallan el principio de autonomía de las provincias sostenido en el artículo 121 de la Constitución Nacional que les otorga la potestad de regular el ejercicio profesional en su territorio.

 

Aprobado en la Junta de Gobierno del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba con la participación de autoridades de las delegaciones de Río Cuarto, Villa María y San Francisco, Córdoba 23 de mayo de 2025.

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