TESORERÍA

ORTIZ, María Fernanda M.P. 7091

Corresponde al Tesorero

a) Encargarse de la contabilidad y administración de los bienes del Colegio.
b) Hacer todos los pagos que autorice la Junta Ejecutiva según el presupuesto.
c) Controlar la percepción de las cuotas que deban abonar los colegiados, las contribuciones, multas y toda suma de dinero que ingrese como así mismo la extensión de los recibos correspondientes.
d) Cumplimentar toda legislación impositiva, previsional y de seguridad social que corresponda al Colegio.
e) Suscribir junto con el Presidente y/o el Secretario General en forma indistinta, los cheques, órdenes de pago, débitos de caja de ahorros o cuenta corriente y toda la documentación bancaria que sea necesaria.
f) Depositar en el banco que designe la Junta Ejecutiva, toda suma de dinero que ingrese a nombre del Colegio y a la orden conjunta del Presidente, Tesorero o Secretario General.
g) Conservar perfectamente archivados y por el término de ley, todos los comprobantes de gastos, depósitos, libretas de cheques, libros contables, aportes previsionales, impositivos o similares.
h) Practicar a pedido de la Junta Ejecutiva, balances, arqueos de caja, estudios, cómputos y planillas de gastos e ingresos, etc.
i) Encargarse transitoriamente de la Presidencia del Colegio en caso de vacancia del Presidente y Secretario General, convocando a elecciones en los plazos legales.
j) Proyectar el presupuesto de gastos y recursos y los balances de la Entidad.
k) Fijar el régimen de gastos de representación y gestión funcional.

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