Información importante. Novedades sobre Monotributo 2022

El día 20 de ENERO de 2022, vence la recategorización de monotributo, en esta oportunidad consideran la facturación mensual desde ENERO a DICIEMBRE de 2021.

 Para la recategorización del mes de Enero, cambian los topes de facturación anual a efectos de cómputos de las categorías, como así también el monto a pagar en forma mensual. Las nuevas categorías serán de aplicación para el pago del mes de febrero de 2022.


​El 20 de Enero vence el pago del Monotributo correspondiente al mes de ENERO de 2022, el mismo será según la categoría vigente a Diciembre de 2021, pero con los nuevos montos a establecer por AFIP para el año en curso.

PARA RECORDAR:

AFIP, puede cambiar la categoría de OFICIO o EXCLUIR del monotributo a aquellos contribuyentes que tengan ingresos inferiores a la sumatoria de gastos con tarjetas de crédito, compra de bienes registrables y acreditaciones bancarias.-

 A efectos de no ser excluido del monotributo, las acreditaciones bancarias no pueden superar el 80 % de los ingresos.

 La nueva categoría que asignará de oficio Afip será la que corresponda al importe de ingresos anuales resultante de la sumatoria entre el monto de los bienes adquiridos y los gastos de índole personal realizados o de las acreditaciones bancarias detectadas más el 20% o el 30% de dicho valor, según se trate la actividad de prestación de servicios o de venta de cosas muebles, respectivamente.
 

Valores vigentes desde 01/01/2022 a la fecha

Cuadro de categorías y valores del monotributo (vigentes desde 01/01/2022 a la fecha)
Categ.Ingresos Brutos (1)ActividadCantidad Mínima de EmpleadosSup. Afectada (*)Energía Eléctrica Consumida AnualmenteAlquileres Devengados AnualmentePrecio unitario máximo para venta de Cosas MueblesImpuesto IntegradoAportes al SIPA (**)Aportes Obra Social (***)Total
Locaciones y/o Prestaciones de ServiciosVenta de Cosas MueblesLocaciones y/o prestaciones de serviciosVenta de Cosas Muebles
A$ 466.201,59No excluidaNo requiereHasta 30 m2Hasta 3330 Kw$ 133.455,58$ 49.646,21$ 288,07$ 288,07$ 1.270,99$ 1.775,18$ 3.334,24$ 3.334,24
B$ 693.002,36No excluidaNo requiereHasta 45 m2Hasta 5000 Kw$ 133.455,58$ 49.646,21$ 555,02$ 555,02$ 1.398,09$ 1.775,18$ 3.728,29$ 3.728,29
C$ 970.203,30No excluidaNo requiereHasta 60 m2Hasta 6700 Kw$ 266.911,14$ 49.646,21$ 949,02$ 876,97$ 1.537,91$ 1.775,18$ 4.262,11$ 4.190,06
D$ 1.335.604,55No excluidaNo requiereHasta 85 m2Hasta 10000 Kw$ 266.911,14$ 49.646,21$ 1.559,09$ 1.440,47$ 1.691,69$ 1.775,18$ 5.025,96$ 4.907,34
E$ 1.764.006,01No excluidaNo requiereHasta 110 m2Hasta 13000 Kw$ 332.579,74$ 49.646,21$ 2.965,66$ 2.300,50$ 1.860,87$ 1.775,18$ 6.601,71$ 5.936,55
F$ 2.205.007,51No excluidaNo requiereHasta 150 m2Hasta 16500 Kw$ 333.638,90$ 49.646,21$ 4.079,93$ 3.003,79$ 2.046,95$ 1.775,18$ 7.902,06$ 6.825,92
G$ 2.646.009,01No excluidaNo requiereHasta 200 m2Hasta 20000 Kw$ 400.366,71$ 49.646,21$ 5.189,94$ 3.745,19$ 2.251,64$ 1.775,18$ 9.216,76$ 7.772,01
H$ 3.276.011,15No excluidaNo requiereHasta 200 m2Hasta 20000 Kw$ 533.822,27$ 49.646,21$ 11.862,69$ 9.193,62$ 2.476,80$ 1.775,18$ 16.114,67$ 13.445,60
I$ 3.666.612,48Venta de Bs. mueblesNo requiereHasta 200 m2Hasta 20000 Kw$ 533.822,27$ 49.646,21$ 14.828,38$ 2.724,49$ 1.775,18$ 19.328,05
J$ 4.202.114,31Venta de Bs. mueblesNo requiereHasta 200 m2Hasta 20000 Kw$ 533.822,27$ 49.646,21$ 17.425,48$ 2.996,96$ 1.775,18$ 22.197,62
K$ 4.662.015,87Venta de Bs. mueblesNo requiereHasta 200 m2Hasta 20000 Kw$ 533.822,27$ 49.646,21$ 20.018,33$ 3.296,62$ 1.775,18$ 25.090,13
              

Puede consultar éste y otros temas impositivos con nuestra Asesoría Impositiva:

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Vía telefónica  por celular los días  miércoles de 15:00 a 17:00 hs:   3517613649

RECORDA QUE SIGUEN VIGENTES LOS PLAZOS PARA SOLICITAR LOS BENEFICIOS DE LA NUEVA

 LEY ALIVIO FISCAL PARA FORTALECER LA SALIDA ECONÓMICA Y SOCIAL A LA PANDEMIA GENERADA POR EL COVID -19

  1. CONDONACION DE DEUDAS VENCIDAS AL 31/08/2021, SIEMPRE QUE SEAN INFERIORES A $100.000  para los siguientes sujetos:

*entidades religiosas, asoc, fundaciones, entidades civiles sin fines de lucro, entidades que conforman el sist nacional de bomberos voluntarios, Mypymes y personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes INCLUYENDO LOS MONOTRIBUTISTAS

Se podrá solicitar el el beneficio desde el 20 de diciembre hasta el 2 de marzo del 2022

  • REHABILITACION DE MORATORIAS CADUCAS, en la medida que la caducidad haya operado al 31 de agosto del 2021. Se prorroga la vigencia de esas leyes para rehabilitar dichos planes, manteniendo los beneficios y sin consecuencias materiales.
  • SE AMPLIA LA MORATORIA 2020, se podrán incluir obligaciones vencidas al 31 de agosto del 2021
  • Condonación de intereses resarcitorio y punitorios, correspondientes a capital cancelado con anterioridad a la entrada en vigencia de la moratoria 2021
  • CANTIDAD MAXIMA DE CUOTAS, los planes tendrán un plazo máximo de hasta 36, 60 y 120 cuotas según el tipo de deuda y/o contribuyente.
  • BENEFICIOS PARA CONTRIBUYENTES CUMPLIDORES, los beneficios consisten en la eximición de entre 2 y  6 cuotas impositivas para monotributistas  con un límite de $25.000, dependiendo de la categoría

           El beneficio podrá ser solicitado a partir del 30 de Diciembre hasta el 15 de marzo del 2022 y la eximición del componente impositivo se efectuara a partir del periodo fiscal mayo de 2022

CATEGORIASCANT DE CUOTASTOPE
A Y B6SIN TOPE
C Y D5
E Y F4 
G Y H3$ 25.000
J Y K2
   
   

“SE ENTENDERA QUE UN CONTRIBUYENTE REVISTE LA CONDICION DE CUMPLIDOR CUANDO AL MOMENTO DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE NORMA NO REGISTRA INCUMPLIMIENTOS EN LA PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS, COMO TAMPOCO EN EL CASO DE CORRESPONDER, EN EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS PERIODOS FISCALES INICIADOS A PARTIR DEL 1° DE ENERO DEL 2018”

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