Certificaciones sin costo para la libre circulación de las y los matriculados.
El Colegio de Psicólogas y Psicólogos de la Provincia de Córdoba brinda el otorgamiento de certificaciones pertinentes, para la libre circulación de las y los matriculados a los fines de ser presentados ante la autoridad de aplicación del Plan de Contingencia Provincial, destinado a enfrentar la Pandemia de Coronavirus.
Concede también la certificación a quienes soliciten certificación de libre circulación y registren deuda preexistente con el CPPC, con prórroga para la cancelación de la misma hasta el 1ero de Mayo del 2020.
RESOLUCIÓN JUNTA EJECUTIVA N° 267/2020
VISTO:
Que el Poder Ejecutivo Nacional para enfrentar la Pandemia provocada por el Coronavirus (Covid 19), ha dictado Decreto N° 297/2020 del P.E.N., que ordena el AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, por el cual se obliga a los habitantes del país a permanecer en sus domicilios y la necesidad de las Psicólogas y los Psicólogos de atender a sus pacientes en situaciones de emergencia.
Y CONSIDERANDO:
- Que el citado Decreto, en su Art. 6 Inc 1), dispensa de esta obligatoriedad de aislamiento al Personal de Salud.
- Que las/los profesionales de la Psicología, matriculadas/os en la Provincia de Córdoba, pertenecen al colectivo que atiende la salud mental de las personas, por lo que pueden ejercer su profesión durante el periodo de aislamiento, en caso de ser necesario.
- Que es una necesidad del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba, proteger a sus matriculados por todos los medios legales a su alcance, en su ejercicio profesional, generando los mecanismos pertinentes, conforme los principios fijados en la Ley 8312 y normas concordantes.
- Que la actual coyuntura sanitaria y sus efectos, inciden en la salud mental de las personas, siendo nuestros matriculados, los que deben intervenir en la emergencia asistiéndolos.
- Que en el marco de la crisis sanitaria en el abordaje Nacional, Provincial y Municipal, de la Pandemia provocada por el Coronavirus (Covid 19), resulta procedente, que el Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba, extienda certificados para justificar la libre circulación a los psicólogos matriculados, que no tengan inhibida su matrícula y que sí lo soliciten por ante este CPPC.
- Que la Ley 8312, ha puesto bajo la responsabilidad del CPPC, la defensa de los derechos de los matriculados propendiendo a la obtención de las seguridades para el libre ejercicio de la profesión, velando por sus derechos profesionales (Art 3 Inc c).
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley 8312 y Resolución Nº 118/1995.
LA JUNTA EJECUTIVA DEL COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
Articulo 1.- DISPONER el otorgamiento de las certificaciones pertinentes, para la libre circulación de los matriculados que así lo soliciten, a los fines de ser presentados ante la autoridad de aplicación del Plan de Contingencia Provincial, destinado a enfrentar la Pandemia provocada por el Coronavirus (Covid 19), en el marco del Decreto PEN 297/2020..
Articulo 2.- CONCEDER a quienes soliciten certificación de libre circulación y registren deuda preexistente con el CPPC, una prórroga para la cancelación de la misma hasta el 1ero de Mayo del 2020.
Artículo 3. – Comuníquese y Archívese.
Córdoba, 26 de marzo de 2020.
Solicitar la credencial vía este enlace:
Colegio de Psicólogas y Psicólogos de la Provincia de Córdoba
Certificado-circulación